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Ampliado hasta ocho años el plazo para poder tramitar nuevos proyectos renovables

 Ampliado hasta ocho años el plazo para poder tramitar nuevos proyectos renovables
Redacción

Con la intención de potenciar la industria europea asociada a la transición energética y de evitar tensiones en la cadena de valor que pueden encarecer los proyectos y aumentar las importaciones de bienes de equipo, el Gobierno ha modificado los hitos de la tramitación administrativa que deben cumplir los nuevos proyectos de energías renovables que estableció el Real Decreto-ley 23/2020,

Con esta modificación también se propicia una incorporación ordenada de las nuevas instalaciones que aumente la visibilidad de la senda para cumplir los objetivos nacionales de producción de energía limpia fijados para 2030 y beneficiar más a toda la economía en un contexto de creciente electrificación.

Por lo tanto, el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Construcción del proyecto se incrementa seis meses, hasta los 49 meses. Además, los promotores podrán prolongar desde los cinco hasta un máximo de ocho años el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Explotación; sólo tendrán que indicar el semestre en que prevén la entrada en servicio de la instalación, con carácter vinculante. El plazo total máximo de tramitación para los parques eólicos marinos y los bombeos hidroeléctricos pasa a ser de nueve años.

Respecto a las subastas de nueva potencia renovable, podrán incluir a partir de ahora criterios de adjudicación no económicos con una ponderación máxima del 30%, como la contribución a la resiliencia, la sostenibilidad ambiental, la innovación, el impacto socioeconómico del proyecto u otros aspectos que mejoren la integración de las renovables en el sistema eléctrico.

Estas modificaciones se incluyen dentro del paquetes del paquete de medidas presentada por el Gobierno, que incluye la prórroga de varias de las medidas temporales establecidas para hacer frente a la crisis energética derivada de la guerra de Ucrania. Todo ello se ha tramitado a través de un nuevo un Real Decreto-ley, cuyas medidas se financiarán con cargo al superávit registrado en el sistema eléctrico durante 2022 –y el que pueda registrarse en 2023– así como con partidas específicas recogidas en los próximos Presupuestos Generales del Estado.

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Noticias sobre política energética y normativa | 28 de diciembre de 2023 | 3129

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