El Gobierno aprueba el Real Decreto para el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción

También establece la obligación de calcular la huella de carbono y elaborar y publicar planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para un conjunto de empresas, así como de todas las instituciones de la Administración general del Estado.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Este real decreto da continuidad al Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del MITECO, que lleva en funcionamiento desde el año 2014. Durante este tiempo, se ha constatado su contribución a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, a incrementar las absorciones por los sumideros de carbono en el territorio nacional y a cumplir los compromisos internacionales asumidos por España en materia de cambio climático. Actualmente, el registro cuenta con 14.250 huellas de carbono inscritas, 23.348 hectáreas de superficie repoblada y ha reconocido compensaciones de 154.406 toneladas de COââ??â??.

Tras varios años de funcionamiento, se ha considerado oportuno ampliar su alcance para incluir nuevas tipologías de proyectos de absorción y las huellas de carbono de eventos, introducir aclaraciones adicionales que mejoren su funcionamiento, establecer requisitos adicionales de participación y reforzar la coordinación con los registros equivalentes autonómicos.

Además, mediante la norma hoy aprobada, tal y como recogía la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono, del establecimiento de un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de su publicación para un conjunto de empresas y para todas las instituciones de la Administración general del Estado.

“Medir la huella de carbono nos permite reducir las emisiones, mejorar los procesos productivos, ser más eficientes y competitivos, impulsar la innovación y ser menos dependientes de los combustibles fósiles”, ha señalado la vicepresidenta del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. “La ciudadanía española respalda mayoritariamente las acciones de lucha contra el cambio climático. Nos piden a los gobiernos que hagamos más, no menos. La gran mayoría de la sociedad española no es negacionista, y teme al negacionismo”, ha defendido.

EMPRESAS Y ADMINISTRACIÓN

El registro recoge los esfuerzos de las organizaciones españolas en el cálculo y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero generadas por su actividad. Además, les facilita la posibilidad de compensar toda o parte de su huella de carbono mediante una serie de proyectos forestales en territorio nacional, que integran numerosos beneficios ambientales y sociales, como la absorción de dióxido de carbono de la atmósfera.

El Real Decreto considera el mismo grupo de empresas con obligación de calcular la huella o establecer un plan de reducción que la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, que establece obligaciones específicas en España en relación con la divulgación de información no financiera y diversidad. Esto incluye:

  • Empresas que formulen cuentas consolidadas.
  • Sociedades de capital cuyo número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500.
  • Entidades de interés público o que cumplan con la condición de gran empresa.

Además, este Real Decreto incorpora la obligación de calcular la huella de carbono para la Administración General del Estado, incluyendo:

  • Departamentos ministeriales.
  • Organismos autónomos.
  • Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
  • Otras entidades del sector público administrativo estatal.

Estos organismos deberán calcular anualmente la huella de carbono de su organización según los requisitos establecidos en este Real Decreto.

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