Se necesita una gran cantidad de inversión privada para que la UE llegue a ser climáticamente neutra en 2050. Por eso, la Comisión Europea ha presentado un Acto Delegado Complementario sobre el Clima relativo a la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo que abarca determinadas actividades relacionadas con el gas y la energía nuclear.
La Taxonomía de la UE pretende orientar la inversión privada hacia las actividades necesarias para lograr la neutralidad climática. El objetivo es acelerar la transición, recurriendo a todas las soluciones posibles que nos ayuden a alcanzar nuestros objetivos climáticos.
Teniendo en cuenta los dictámenes científicos y el progreso tecnológico actual, la Comisión considera que la inversión privada en las actividades nucleares y de gas puede desempeñar un papel en la transición. Las actividades de gas y nucleares seleccionadas están en consonancia con los objetivos climáticos y medioambientales de la UE y nos permitirán acelerar el cambio de las actividades más contaminantes, como la generación de carbón, hacia un futuro neutro desde el punto de vista climático, basado principalmente en las fuentes de energía renovables.
En particular, el Acto Delegado Complementario sobre el Clima considera:
El texto del Acto Delegado Complementario es el resultado de las consultas con el Grupo de Expertos en Finanzas Sostenibles de los Estados miembros y la Plataforma de Finanzas Sostenibles.
La Comisión también ha escuchado los comentarios del Parlamento Europeo al respecto y ha examinado cuidadosamente las aportaciones recibidas de esos grupos y las ha tenido en cuenta en el texto presentado. Por ejemplo, como resultado de los comentarios, se han introducido ajustes específicos en los criterios técnicos de selección y en los requisitos de divulgación y verificación para reforzar su claridad y utilidad.
Próximos pasos
El Parlamento Europeo y el Consejo disponen de cuatro meses, desde la tramitación formal del documento, para examinarlo y, en caso de que lo consideren necesario, presentar objeciones al mismo.
El Consejo tendrá derecho a oponerse por mayoría cualificada reforzada, lo que significa que se necesita al menos el 72% de los Estados miembros (es decir, al menos 20 Estados miembros) que representen al menos el 65% de la población de la UE para oponerse al acto delegado. El Parlamento Europeo puede oponerse con el voto en contra de la mayoría de sus miembros en el pleno, es decir, al menos 353 diputados.
Una vez finalizado el periodo de escrutinio y si ninguno de los colegisladores se opone, el Acto Delegado Complementario entrará en vigor y se aplicará a partir del 1 de enero de 2023.
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