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Energetica magazines noviembre 2019

ESPECIAL ENERGÍAS RENOVABLES Apuntes sobre las garantías de contraparte en un PPA Los PPAs surgen como un instrumento para dar estabilidad a los ingresos de los promotores de plantas renovables, facilitando la obtención de los préstamos bancarios que éstos necesitan para sus nuevos desarrollos. LUIS VILLAR EKON STRATEGY CONSULTING La Agencia Internacional de la Energía (AIE) ha presentado recientemente un informe donde ya anuncia el previsible crecimiento a nivel mundial superior al 50% de las energías renovables, antes de 2024, y donde la energía solar representará entre el 60 y el 70% del crecimiento total, estamos hablando de incorporar al mercado la capacidad energética total de países como los Estados Unidos. El estancamiento que se ha vivido en los años anteriores contrasta con un crecimiento cercano al 12% en este año, este nuevo interés ha provocado que desde hace aproximadamente dos años esté cobrando cada año con más fuerza una nueva herramienta para impulsar el desarrollo de las energías renovables en España, los contratos de compraventa de energía entre un generador y un comprador basadas en precios y plazos prefijados conocidos como Power Purchase Agreements o PPA por sus siglas en inglés. Los PPAs surgen como un instrumento para dar estabilidad a los ingresos de los promotores de plantas renovables (solar fotovoltaica y eólica), facilitando la obtención de los préstamos bancarios que éstos necesitan para sus nuevos desarrollos, asegurando así una rentabilidad aceptable para las inversiones. Por otra parte, los compradores también persiguen dar estabilidad a sus costes de compra de energía eléctrica, mitigando el riesgo de volatilidad de precios, y adquirir energía con garantías de origen renovable, cumpliendo así con sus objetivos de sostenibilidad medioambiental. Un PPA es un contrato muy complejo y hay algunas cuestiones sobre las que se ha publicado poco en los medios, pero que tienen mucha transcendencia y que, si no se tratan adecuadamente, pueden derivar en futuros conflictos entre las partes o producir rechazo previo. A nivel de grandes plantas que inyectan su energía a la red, hay dos tipos de PPA, los físicos y los financieros. La principal diferencia entre ellos es que en los primeros el coste total de la energía se liquida entre las partes, al margen del mercado, mientras que en un financiero la liquidación se hace en el mercado, es decir OMIE liquida la energía al comprador y al vendedor y las partes liquidan entre ellas la diferencia entre el precio acordado y el precio de mercado. Puede que no tengan nada que liquidar si lo que han acordado es un suelo (‘floor’), un techo (‘cap’) o un ‘collar’, son matices que han de quedar perfectamente definidos en la fase previa de la firma del contrato. A la hora de determinar las garantías a establecer en el contrato para mitigar el riesgo de contraparte en las liquidaciones, esa diferencia en la manera de liquidar unos y otros es un aspecto muy relevante, que puede tener consecuencias jurídicas y financieras importantes. En un PPA físico las garantías las deberá aportar el comprador y éstas deberán cubrir un importe equivalente al coste total de la energía adquirida durante el periodo de liquidación acordado (ya sea diario, semanal, mensual o con otra frecuencia acordada). En cambio, en un PPA financiero las garantías, por el importe de las diferencias, las deberá aportar una u otra parte en función de que el importe de las liquidaciones sea a favor de uno u otro. Si el precio acordado es un precio o precios fijos, y se trata de un PPA físico, el importe de las garantías lo podremos estimar a priori con relativa certeza. Si el precio acordado es variable y se trata de un PPA físico o sea cual sea el precio acordado en un PPA financiero, el importe de las garantías no lo podremos estimar con certeza a priori, es decir en el momento de elaborar el contrato. Tendremos que utilizar garantías abiertas o de máximo, o bien intentar estimarlas a priori con un modelo de previsión de precios a largo plazo como el de Ekon. Los anuncios de firma de contratos de suministro de electricidad a largo plazo permiten ahorros para las empresas, una estabilidad en el precio de la luz y, además, muestran así su compromiso con el medio ambiente. No cabe duda que el crecimiento de las energías renovables es imparable, que la energía solar fotovoltaica tiene un papel predomínate en el nuevo mundo que demandan las nuevas generaciones; pero poder elegir entre el modelo más correcto, dentro de la complejidad de este tipo de contratos es parte fundamental para que la recuperación de las inversiones se cumplan, así como para evitar futuros conflictos entre las partes �� 34 energética XXI · 191 · NOV19


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