Energetica. Edición de diciembre 2020
BALANCE 2020 Y PERSPECTIVAS 2021 YANN DUMONT PRESIDENTE DE ASEALEN (ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA) El almacenamiento existe En el mes de junio se publicó el RDL 23/2020 que, entre otros muchos cambios y adaptaciones, alumbra el nacimiento del almacenamiento. Hoy podemos decir que el almacenamiento existe gracias a su incorporación como un nuevo sujeto del sistema. E l año 2020 ha sido un año de inten- sos cambios, de incertidumbres varia- bles en tiempo y duración, de nuevas situaciones nunca enfrentadas y de profun- da evolución. 2020 ha mostrado vehemen- temente la importancia de la flexibilidad y la capacidad de adaptación en nuestra vida y en todos los sistemas que la conforman. El sector eléctrico no ha sido ajeno a estas situaciones no rutinarias y ha experimentado de manera acelerada su necesidad de evolu- cionar hacia un sistema donde la flexibilidad sea el elemento clave. Y en un sistema eléc- trico renovable, descarbonizado, la flexibili- dad viene dada por el almacenamiento. En el mes de junio se publicó el RDL 23/2020 que, entre otros muchos cambios y adaptaciones, alumbra el nacimiento del almacenamiento. Hoy podemos decir que el almacenamiento existe gracias a su incor- poración como un nuevo sujeto del sistema, lo que supone, sin duda, el hecho más re- levante de este año, acompañado además en el tiempo con la fundación de ASEALEN (Asociación Española de Almacenamiento de Energía). Son también de gran relevancia las incor- poraciones realizadas en los permisos de acceso y conexión. Gracias a ellas, se pue- de incorporar almacenamiento a una ins- talación manteniendo al mismo tiempo su consideración como la ‘misma instalación’; es decir, los permisos de acceso y conexión ya concedidos son válidos para añadir alma- cenamiento a una instalación existente y, quizá más relevante, aquellos que están en tramitación pueden actualizarse con alma- cenamiento sin necesidad de comenzar el trámite de nuevo. Acompañando esta realidad, este RDL 23/2020 también introduce la definición de “modificaciones no sustanciales” de una instalación entre las que, a priori, no se en- contraría la incorporación de almacenamien- to, posibilitando de este modo su implemen- tación de manera rápida. Pero falta que todo esto se lleve a la práctica, se adapten pro- cedimientos, formularios y se colabore para vencer la inercia al cambio. Quedan otros aspectos por ordenar y clari- ficar que esperamos puedan acometerse en el año 2021: publicación de la Estrategia de Almacenamiento Energético, procedimien- tos de tramitación administrativa de estas instalaciones en ámbito nacional y autonó- mico, consideraciones ambientales de las distintas tecnologías de almacenamiento, procedimientos de operación de red, meca- nismos de apoyo mediante subastas especí- ficas y mecanismos de capacidad, incentivos para su incorporación en nuevas instalacio- nes renovables y en autoconsumo, peajes y remuneración de servicios, electrificación de consumos térmicos que pueden fácilmen- te asociarse a sistemas de almacenamiento térmico… Sistemas no peninsulares Por otra parte, merecen una mención es- pecial y tratamiento singular los sistemas no peninsulares. Creemos que es una ne- cesidad iniciar ya la implementación, en el año 2021, de almacenamiento en estos sistemas. Por sus características, sistemas pequeños y aislados, los esfuerzos para incrementar la participación de energía renovables son cada vez mayores. No se puede esperar a que transcurran los largos plazos que requieren las interconexiones de estos sistemas sin acciones paralelas. Introducir sistemas de almacenamiento en las islas reduciría los vertidos, cada vez más frecuentes, aportaría una función de mejo- ra de estabilidad y regularidad de las redes y reduciría drásticamente la necesidad del uso de centrales diésel operando como respuesta rápida del sistema ante variacio- nes bruscas de generación renovable Foto: Sungrow. 87 energética XXI · 192 · DIC 19
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