Energética XXI. Marzo 2021
SOLAR FOTOVOLTAICA: I+D Vigilancia del aislamiento y medidas de protección en instalaciones fotovoltaicas La publicación de la norma armonizada UNE-HD 60364-7-712:2017 de instalación de sistemas fotovoltaicos ha traído y confirmado algunos aspectos vitales para la protección de las personas y de la propia instalación. DIETER HACKEL DIRECTOR DEP. VIGILANCIA SISTEMAS IT–BENDER GMBH & CO. HARALD SELLNER NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES– BENDER GMBH & CO. TOMÁS NUÑO DIRECTOR GERENTE–BENDER IBERIA E n el punto 712.410 se descri- ben claramente las medidas de protección: • 712.410.101 El material eléctrico en el lado de la corriente continua debe considerarse bajo tensión, tanto cuan- do el lado de la corriente alterna esté desconectado de la red, como cuando el inversor esté desconectado del lado de la corriente continua. Esto supone que no es aplicable la medi- da de “protección por corte automático de la alimentación” indicada en el Reglamen- to de Baja Tensión (RBT) y en la UNE-HD 60364-4-41:2018 “Protección contra los choques eléctricos”. • 712.410.3.5 No deben aplicarse las medidas de protección especificadas en el Documento de Armonización HD 60364-4-41:2007 (UNE-HD 60364-4- 41:2018), anexo B. Esto se refiere a las medidas de “Pro- tección por puesta fuera de alcance por alejamiento” (protección contra contactos directos). Las instalaciones fotovoltaicas ya no pueden ser tratadas como instalaciones solo accesibles al personal autorizado. • 712.410.3.6 No deben aplicarse las medidas de protección especificadas en el Documento de Armonización HD 60364-4-41:2007 (UNE-HD 60364-4- 41:2018), anexo C. Esto se refiere a las “Medidas de protec- ción aplicables solo cuando la instalación está controlada o supervisada por perso- nas cualificadas o advertidas”; una aplica- ción más laxa de las medidas de protec- ción contra descarga eléctrica ya nos está permitida. • 712.410.102 En el lado de corriente continua, debe aplicarse una de las si- guientes medidas de protección: - o aislamiento doble o reforzado - o muy baja tensión (de seguridad MBTS o de protección MBTP) Esto supone que la mayoría de los siste- mas fotovoltaico (UOC MÁX. <120VDC) tienen que utilizar la medida de protección por “aislamiento doble o reforzado”. El operador de la instalación fotovoltai- ca es responsable de que la medida de protección por “aislamiento doble o re- forzado” se garantice bajo cualquier cir- cunstancia durante toda la vida útil de la instalación. El operador ya no se puede zafar de su responsabilidad por aplicación del Anexo B o C de la UNE-HD 60364-7-712:2017. Ya desde el inicio del boom fotovoltaico se publicaron normas para asegurar la me- dida de protección por “aislamiento doble o reforzado”. Sin em- bargo, los trabajos de investigación demuestran que los requisitos de fabrica- ción no son una garantía de que la clase de protección II se mantiene durante toda su vida útil. Los informes sobre accidentes en ins- talaciones fotovoltaicas dejan claro que en muchos casos se ahorra en el sitio equivocado: • Se utilizan componentes que solo cumplen en el papel. • En muchos casos no se realiza una ins- talación cuidadosa, no se detectan to- dos los fallos en la puesta en marcha y los inspectores a menudo no tienen el conocimiento suficiente. • El mantenimiento y las pruebas perió- dicas se realiza bajo la presión de los costes, de forma que solo hay tiempo para las inspecciones mínimas exigi- das, quedando con ello muchos fallos ocultos. Más allá, cada vez se identifican nuevos factores de influencia que producen la pér- dida temprana de las características de la clase de protección II. Un ejemplo son los 34 energética XXI · 204 · MAR 21
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