Energética XXI. Marzo 2021

SOLAR FOTOVOLTAICA: REVAMPING Revamping, soluciones, rápidas y sencillas… sin complicaciones legales Gracias al mercado solar que existió entre los años 2004 y 2011, en el cual se instalaron más de 5 GW, hoy en día existe un importante mercado de revamping. Estas plantas, ya sea por la falta de repuestos, necesidad de repotenciación o, simplemente, por actualizar la planta, significan un gran mercado para los fabricantes de componentes fotovoltaicos. RIELLO SOLARTECH P ero, ¿cómo elegir la mejor opción para la sustitución de nuestro inver- sor solar? Fácil, bueno… no tan fácil, entran en juego no solo parámetros técnicos, certi- ficaciones, espacios, en fin, aspectos téc- nicos, sino, además, debido a la falta o no tan clara normativa -en muchos casos- la autorización de estos cambios depende de Industria y eso puede suponer un cambio sustancial y darnos muchos problemas. Si hablamos del aspecto técnico, está cla- ro que debemos de verificar lo siguiente: • Rango de MPPT: este debe entrar den- tro del rango de la configuración del parque (importante tener en cuenta la degradación de los módulos), debe- mos de asegurar que el nuevo inver- sor solar podrá trabajar en los rangos mínimo y máximo para que podamos sacar la máxima potencia de la instala- ción. Es importante realizar un estudio, verificando las tensiones del parque en funcionamiento para poder confirmar que el equipo seleccionado funcionará en módulos con más de 10 años. • Potencia pico de la instalación: duran- te estos años, 2004–2011, la potencia pico instalada en las instalaciones po- día superar el 11,15 % de la nominal, y es importante comprobar que el in- versor seleccionado pueda trabajar con ese sobredimensionamiento. Este pun- to es importante. No todos los inverso- res nuevos (formato TL) son capaces de cumplir con rango de MPPT y potencia pico instalada… con lo que finalmente podríamos tener que modificar la ins- talación y esto supondría un alto coste. • Certificaciones: desde los años 2004 a 2011, la legislación ha sufrido mu- chos cambios; ahora, por ejemplo, los equipos deben de cumplir con la nueva norma NTS, huecos de tensión, anti-isla en caso de varios inversores… Todo esto supone, que debemos elegir un inversor que cumpla con dicha nor- mativa, acreditada mediante un labo- ratorio externo, no desde el fabrican- te, para luego no llevarnos sorpresas dolorosas. Es importante recordar que el cumplimiento del P.O.12.3 no solo implica nuestra instalación solar si no las agrupaciones donde evacua nues- tra instalación. • Cambio de tecnología: este es uno de los grandes problemas que hay en el mercado del revamping. Muchos se dejan llevar por los nuevos inversores TL, que ahora existen en el mercado, e intentan realizar el revamping con estos equipos, siendo en muchos ca- sos complicado, ya sea por rangos de MPPT, potencias pico o simplemente porque Industria no autoriza el cambio de un inversor centralizado por un TL. • Servicio técnico y repuestos: uno de los problemas que ha aparecido du- rante estos años es la desaparición de marcas de alto prestigio del campo de fabricación de inversores solares; por ello, se recomienda verificar los ‘ante- cedentes’ de la empresa fabricante y de la presencia de este en el mercado. Es decir, confiar en una empresa con presencia en el mercado desde hace años y con servicio técnico propio. Al estudio de estos puntos técnicamente indispensables se une la ‘laguna’ legal en la que nos encontramos. Muchos de los clien- tes que se ven obligados a realizar este re- vamping sufren el problema de que, al no- tificar este cambio, Industria considera un cambio sustancial de la instalación inicial, lo que conllevaría realizar modificaciones o proyecto nuevo, perdida de la prima, en fin… problemas muy importantes que pue- den crear grandes quebraderos de cabeza al cliente, no solo por el tema económico, sino por la dilatación en el tiempo, en con- seguir autorización para el cambio. En definitiva, debemos de buscar opcio- nes en el mercado que permitan realizar un cambio rápido y sencillo para evitar la pérdida de producción o las posibles pe- nalizaciones. Debemos intentar que, hasta que exista una clara normativa, nuestra modificación no implique la modificación sustancial de la instalación, lo que haría que tuviéramos que emprender un largo y arduo camino 36 energética XXI · 204 · MAR 21

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