Energética XXI. Septiembre 2024

Retos para las comunidades energéticas y el autoconsumo colectivo A lo largo de los últimos años ha habido avances en el marco normativo regulador que están facilitando la expansión de las diferentes modalidades para compartir energía renovable. No obstante, si realmente se quiere dar un impulso al sector y a la energía compartida, es necesario seguir avanzando en estos términos, simplificando los procesos administrativos. JAVIER DOMÍNGUEZ CLEMENTE DIRECTOR TÉCNICO DE CAMBIO ENERGÉTICO C on el punto de mira no solo en alcan- zar los objetivos de descarboniza- ción propuestos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), sino también en avanzar hacia la participación ciudadana real en el sistema energético, el autoconsumo colectivo y las comunidades energéticas se presentan como una herra- mienta fundamental para llevar la transición energética a la mayor parte de la ciudadanía, especialmente si consideramos que en tor- no al 65% de la población en España vive en bloques de viviendas. Cierto es que en los últimos años ha habido un impulso del autoconsumo fotovoltaico incuestionable y un progresivo avance en un marco regulatorio que permita la expansión de un modelo energético más descentrali- zado y menos dependiente del oligopolio energético actual. Sin embargo, el desplie- gue de la energía compartida todavía es in- cipiente y requiere de especial atención para que realmente pueda desarrollarse todo su potencial. De las comunidades energéticas a las comunidades solares Las comunidades energéticas se han pre- sentado como la gran apuesta por un siste- ma energético descentralizado, de proximi- dad, con la participación de la ciudadanía en la producción y gestión de la energía, y la lucha contra la pobreza energética. Una idea fabulosa, al menos en papel. Pero ¿qué está pasando en la práctica? La ausencia de un marco jurídico claro está convirtien- do los proyectos de comunidades energé- ticas en auténticas odiseas burocráticas que dificultan el despliegue de este tipo de iniciativas, además la dificultad de obtener puntos de acceso y conexión a la red eléctri- ca por encima de 100 kW hace estás inicia- tivas anecdóticas para el sistema eléctrico nacional. Nos encontramos fundamentalmente con dos tipos de promotores de comunidades energéticas, por un lado, iniciativas ciudada- nas y por otro lado iniciativas por parte de las administraciones locales o autonómicas. Sobre todo en aquellas comunidades im- pulsadas por la administración, no se trata solo de poner de acuerdo a una serie de personas y entidades sobre el proyecto que se quiere llevar adelante y generar la figura jurídica que gobernará la comunidad, sino que además esto hay que hacerlo con una serie de limitaciones importantes en cuanto a la participación de la administración en la propia comunidad energética, con ello nos encontramos con complejidades burocráti- cas que solo empresas especializadas pue- den resolver, pero que a su vez, en muchos casos, no pueden acometer la instalación sin participar, como es lógico, en un proceso de licitación pública. Sin embargo, esto en la práctica conlleva la invención de fórmu- las que en el fondo son subterfugios para que empresas privadas puedan financiar, acometer y gestionar estas comunidades energéticas. En cuanto a las iniciativas ciudadanas, la elevada carga burocrática en la formación de la entidad jurídica de la comunidad y en la posterior fase de obtención de permisos administrativos y de conexión a la red hace que, actualmente, este tipo de proyectos queden relegados a iniciativas que cuenten con verdaderos gladiadores burocráticos que dispongan del conocimiento, tiempo y esfuerzo necesarios para emprender un proceso que puede durar años para su con- figuración, instalación y puesta en marcha. No se niega que esta fórmula tiene un po- tencial transformador enorme y que, con el desarrollo de un marco normativo más cla- ro, pueda convertirse en esa herramienta fundamental para la transición energética. Pero, mientras que no se logren acortar los tiempos y simplificar la burocracia, las co- munidades energéticas continuarán lastra- das, siendo difícilmente extensibles a una mayoría de la ciudadanía. Pero como pasa en muchas ocasiones, la iniciativa privada y colectiva pasa por la derecha a la administración, como en este caso, en el que ha encontrado una fórmula comercial basada en la normativa del auto- consumo colectivo para generar lo que se Fotovoltaica: regulación 48 ENERGÉTICA XXI · 239 · SEP 24

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