Energética XXI. Abril 2024

tente y altamente cualificado, y cuya agenda se ocupa rápidamente en las Entidades de Verificación. Ante este escenario, nuestra re- comendación es solicitar la verificación lo antes posible. Pago porkWh ahorrado El propietariodel ahorro, es decir, el propietario de la instalación donde se ejecuta la actuación de ahorro, debe recibir una contraprestación valorada en euros/kwh, y para ello firma un Convenio con un Sujeto Obligado o Delegado. El precio lomarca el mercado. Está fluctuan- do, y más en estos compases iniciales. Pero el tope lo marca la equivalencia financiera de la Orden anual que establece las obligaciones de contribución al Fondo de Eficiencia Ener- gética, y ha pasado de 166 euros por Mwh en 2023 a 182 en 2024. Debemos tener en cuen- ta que los precios oscilan entre un 30% y un 70% de ese valor, en función de la cantidad de agentes que intervengan en la cadena de generación de un CAE dentro del mercado primario. Proceso de verificación Se trata de una evaluación de la veracidad y verosimilitud del cálculo de ahorros declara- do por el solicitante, de la actuación ejecuta- da y de la documentación que se presente. Solamente un Sujeto Obligado o un Sujeto Delegado pueden solicitar este trabajo. El equipo verificador realiza una primera etapa de Evaluación Documental y, como mí- nimo, se revisa la documentación requerida en fichas de catálogo, el proyecto en actuacio- nes singulares y el Convenio y los cálculos de ahorro. Se evalúa el riesgo de la verificación a realizar, y se emite un Plan de Verificación y Muestreo. Se acuerda una fecha con el cliente y se realiza la verificación propiamente dicha, en la que se comprueban al detalle todos los cálculos que llevan a la cantidad de ahorro anual de energía, y el cumplimiento de los re- quisitos de la información y documentación aportada conforme al catálogo de fichas o la reglamentación. Se constata la fiabilidad de las lecturas de los equipos de medición que aportan datos al cálculo. Al final el verificador emite un informe y un dictamen de verifica- ción. El dictamen puede ser Favorable, Fa- vorable con Inexactitudes no Importantes o Desfavorable con Inexactitudes Importantes, en caso de rebasar un nivel de materialidad, que para singulares están en el 2%. Con este informe y dictamen, el Sujeto Dele- gado u Obligado puede solicitar el registro de los kWh verificados en forma de Certificados de Ahorro Energético en la comunidad autó- noma correspondiente. Mercado secundario Una vez pasado el filtro de la comunidad autó- noma y del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, los CAE son registrados y pa- sanaunmercadoenel que sepuedencomprar, vender o liquidar frente a obligaciones anuales de contribución de los Sujetos Obligados al FondoNacional deEficienciaEnergética. Sedis- ponede 3 años parapoder liquidar los CAEdes- de que se generan. Sólo pueden actuar en este mercado los Sujetos Obligados y Delegados◉ EFICIENCIA ENERGÉTICA: CAEs 75 ENERGÉTICA XXI · 235 · ABR 24

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