¿Puede una batería sustituir una ampliación de acometida?

batería con un sistema de gestión energético

Una batería con un sistema de gestión energético avanzado puede evitar ampliar la acometida eléctrica, siempre que los picos de consumo sean breves y exista tiempo suficiente para su recarga, según expertos y normativa actual.

Cada vez más clientes quieren electrificar (recarga de flotas, bombas de calor, maquinaria nueva) y se encuentran con que la acometida no da más. La respuesta corta es que una batería con un sistema de gestión de energía puede cubrir esa potencia extra sin ampliar, siempre que los picos sean acotados y haya tiempo para recargarla. Este artículo explica cómo funciona el sistema, qué tiene que hacer bien y cómo saber si un caso encaja. 

 

El problema 

Según los datos aportados por el sector a la CNMC, en 2024 se denegaron más del 60 % de las solicitudes de acceso y conexión de demanda y almacenamiento por falta de capacidad. Es un dato agregado que incluye grandes proyectos, pero refleja que en muchas zonas la red va justa. Y cuando sí hay capacidad, ampliar implica pagar derechos de acometida por el incremento y esperar la obra de la distribuidora.

Antes de nada, conviene localizar el límite. Si lo único que limita es la potencia contratada y el certificado de instalación (CIE) admite más, basta con modificar el contrato. La batería es clara cuando el límite está en los derechos reconocidos por la distribuidora o en la propia red. 

 

Qué es el sistema

Un sistema de almacenamiento con baterías (BESS) para esta función tiene cuatro piezas: 

  • Módulos de baterías con su BMS: el sistema de gestión de la batería (BMS) protege las celdas (tensión, temperatura, corriente), calcula el estado de carga (SoC) y fija en cada momento cuánta potencia admite la batería en carga y en descarga. 
  • Inversor bidireccional (PCS): convierte la corriente continua de la batería en alterna y al revés, conectado al cuadro de la instalación. Ejecuta las consignas de potencia que recibe. 
  • Medida en cabecera: un analizador de redes o transformadores de intensidad aguas abajo del contador y aguas arriba de todas las cargas, que mide la potencia que realmente se importa de la red. 
  • Sistema de gestión de energía (EMS): el controlador que lee la medida y el estado de la batería y decide, en cada instante, cuánta potencia debe cargar o descargar el inversor. 
    la batería aporta la energía; el EMS garantiza que el límite de importación se cumpla. 

 

Cómo funciona la limitación de importación 

El EMS trabaja con una consigna por debajo del límite real (por ejemplo, 95 kW sobre 100 kW). Mientras el consumo está por debajo, no hace nada o recarga la batería con el hueco disponible. Cuando el consumo supera la consigna, ordena al inversor descargar exactamente la diferencia, de forma que la red solo ve la consigna. La batería no crea potencia: traslada energía en el tiempo, y el consumo total sube ligeramente por las pérdidas. 
 

 

Lo que el EMS tiene que hacer bien 

Responder a la velocidad adecuada. Si el problema es solo de factura, cuenta la media cuarto-horaria, porque los excesos de potencia se calculan sobre periodos de 15 minutos (Circular 3/2020 de la CNMC, modificada por la Circular 1/2025). Si el límite es físico, las protecciones actúan por intensidad y tiempo, no por medias. Ejemplo: si en un cuarto de hora la nave consume 160 kW durante 5 minutos y 90 kW durante los 10 restantes, la media es de 113 kW, y eso es lo que aparece en la curva de la distribuidora. Pero la acometida ha tenido que aguantar 160 kW durante esos 5 minutos. Cuando el límite es físico, la batería tiene que entrar en cuanto sube la importación, en cuestión de segundos, y no basta con que la media de los 15 minutos quede por debajo. 

Respetar los límites del BMS. La potencia que puede dar la batería no es constante: baja con estado de carga bajo y con temperaturas extremas. El EMS debe trabajar con la potencia disponible real, no con la nominal. 

Gestionar la energía, no solo la potencia. La batería tiene que llegar llena al pico. Un control que solo reacciona puede encontrarse sin carga; uno que usa previsión de consumo (y de fotovoltaica, si la hay) programa la recarga para tener el SoC necesario antes de cada pico. Si la batería hace también autoconsumo, hay que reservar una parte de la carga para los picos. 

Recargar sin provocar el exceso. La recarga también debe respetar la consigna; si no, es la propia batería la que dispara la importación. 

Tener un modo seguro. Si se pierde la medida o la comunicación con el inversor (normalmente por Modbus), el sistema no puede seguir regulando a ciegas. Debe pasar a un estado definido, nunca seguir cargando desde red, y como respaldo desconectar cargas no críticas. El comportamiento del inversor ante pérdida de comunicación debe configurarse de forma coherente. 

 

¿Cuándo puede la batería suplir la ampliación? 

Ejemplo: nave con 100 kW de límite, picos de 140 kW durante 2 horas al día y consumo nocturno de 40 kW. Valores ilustrativos: 
 

Pregunta 

Cálculo 

Resultado 

¿Hasta dónde dejo importar de la red? 

Límite de 100 kW menos un margen de seguridad 

95 kW 

¿Cuánta potencia tiene que dar la batería? 

El pico pide 140 kW y la red da 95: faltan 45 

Inversor de 50 kW 

¿Cuánta energía gasta en cada pico? 

45 kW durante 2 horas 

90 kWh 

¿Qué tamaño de batería necesito? 

No se vacía del todo (90 %) y pierde 

capacidad con los años (80 % al final de su vida) 

125 kWh nominales 

¿Cuánto hay que recargar? 

Los 90 kWh más las pérdidas de carga y descarga (≈5 %) 

≈ 100 kWh 

¿Da tiempo a recargar? 

De noche hay 55 kW 

libres; el inversor carga a 50 kW 

≈ 2 h, de sobra 

La batería encaja si se cumplen tres condiciones: picos acotados en duración, valles suficientes para recargar sin superar la consigna y un crecimiento que no sea de la carga base. Con picos de 6 horas sin valles, la energía útil subiría a 270 kWh y casi no habría tiempo de recarga. En ese caso, lo honesto es ampliar. 

También cuenta el coste. Si la red tiene capacidad y basta con pagar los derechos de acometida, ampliar suele ser más barato. La batería compite cuando ampliar exige refuerzos de red a cargo del cliente, cuando se deniega el acceso o cuando el plazo de obra no es asumible. Además, mejora si la misma inversión sirve para autoconsumo, para reducir el término de potencia o para arbitraje, siempre que el EMS combine estas funciones con previsión y sin comprometer la reserva para los picos. 

Para comprobarlo hace falta la curva cuarto-horaria de un año completo. Si el límite es físico, hace falta también una semana representativa registrada con analizador a resolución de segundos, porque la curva de 15 minutos esconde los picos cortos. 

No hay que descartar soluciones más sencillas: si la carga nueva son cargadores con vehículos aparcados muchas horas, la gestión dinámica de recarga de la ITC-BT-52 puede bastar sin batería. 

 

Instalación y legalización 

La batería solo alivia lo que queda aguas arriba de su conexión: las líneas hasta las cargas nuevas se dimensionan para su potencia total. Si hay fotovoltaica, la misma medida en cabecera sirve para el control de vertido cero y la batería puede recargarse con excedentes en lugar de con red. 

Si la importación no supera lo que la distribuidora ya tiene reconocido, no hace falta pedir más capacidad de acceso, y un consumidor puede tener almacenamiento en su red interior sin perder esa condición. La instalación sí debe legalizarse conforme al REBT ante la comunidad autónoma; en la práctica, el inversor de batería se tramita como instalación generadora (ITC-BT-40), configurado sin vertido si es el caso. El marco está en revisión, con un proyecto de nueva ITC-BT-53 para instalaciones en corriente continua. 

 

Conclusión 

Sí, una batería puede sustituir una ampliación de acometida, pero no en cualquier caso. Funciona cuando el problema son picos acotados con tiempo para recargar, y cuando el sistema de control mide bien, responde a la velocidad que exige el límite, gestiona la energía con antelación y tiene un plan B si algo falla. La tendencia regulatoria va en la misma dirección: los nuevos permisos de acceso flexible de la CNMC, en vigor desde septiembre de 2026, ya condicionan la conexión a que el consumidor limite su potencia cuando la red lo pida.


Referencias

  • CNMC (2025). Especificaciones de capacidad de acceso firme de la demanda en redes de distribución. 
  • CNMC. Circular 1/2024 (acceso y conexión de demanda); Circular 3/2020, modificada por la Circular 1/2025 (peajes y excesos de potencia). 
  • CNMC. Resolución de 31 de julio de 2026, permisos de acceso flexible (BOE de 11 de agosto de 2026). 
  • Real Decreto 1048/2013 (derechos de acometida); Real Decreto 842/2002, REBT: ITC-BT-40 e ITC-BT-52. 
Artículo escrito por:
Adrián Solís Fernández cofundador y COO de NeuraSun