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Retos para las comunidades energéticas y el autoconsumo colectivo

Javier Domínguez Clement, director técnico de Cambio Energético

 Retos para las comunidades energéticas y el autoconsumo colectivo

A lo largo de los últimos años ha habido avances en el marco normativo regulador que están facilitando la expansión de las diferentes modalidades para compartir energía renovable. No obstante, si realmente se quiere dar un impulso al sector y a la energía compartida, es necesario seguir avanzando en estos términos, simplificando los procesos administrativos.

Con el punto de mira no solo en alcanzar los objetivos de descarbonización propuestos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), sino también en avanzar hacia la participación ciudadana real en el sistema energético, el autoconsumo colectivo y las comunidades energéticas se presentan como una herramienta fundamental para llevar la transición energética a la mayor parte de la ciudadanía, especialmente si consideramos que en torno al 65% de la población en España vive en bloques de viviendas. 

Cierto es que en los últimos años ha habido un impulso del autoconsumo fotovoltaico incuestionable y un progresivo avance en un marco regulatorio que permita la expansión de un modelo energético más descentralizado y menos dependiente del oligopolio energético actual. Sin embargo, el despliegue de la energía compartida todavía es incipiente y requiere de especial atención para que realmente pueda desarrollarse todo su potencial.

 

De las comunidades energéticas a las comunidades solares
Las comunidades energéticas se han presentado como la gran apuesta por un sistema energético descentralizado, de proximidad, con la participación de la ciudadanía en la producción y gestión de la energía, y la lucha contra la pobreza energética. Una idea fabulosa, al menos en papel. Pero ¿qué está pasando en la práctica? La ausencia de un marco jurídico claro está convirtiendo los proyectos de comunidades energéticas en auténticas odiseas burocráticas que dificultan el despliegue de este tipo de iniciativas, además la dificultad de obtener puntos de acceso y conexión a la red eléctrica por encima de 100 kW hace estás iniciativas anecdóticas para el sistema eléctrico nacional. 

Nos encontramos fundamentalmente con dos tipos de promotores de comunidades energéticas, por un lado, iniciativas ciudadanas y por otro lado iniciativas por parte de las administraciones locales o autonómicas. 

Sobre todo en aquellas comunidades impulsadas por la administración, no se trata solo de poner de acuerdo a una serie de personas y entidades sobre el proyecto que se quiere llevar adelante y generar la figura jurídica que gobernará la comunidad, sino que además esto hay que hacerlo con una serie de limitaciones importantes en cuanto a la participación de la administración en la propia comunidad energética, con ello nos encontramos con complejidades burocráticas que solo empresas especializadas pueden resolver, pero que a su vez, en muchos casos, no pueden acometer la instalación sin participar, como es lógico, en un proceso de licitación pública.  Sin embargo, esto en la práctica conlleva la invención de fórmulas que en el fondo son subterfugios para que empresas privadas puedan financiar, acometer y gestionar estas comunidades energéticas.

En cuanto a las iniciativas ciudadanas,  la elevada carga burocrática en la formación de la entidad jurídica de la comunidad y en la posterior fase de obtención de permisos administrativos y de conexión a la red hace que, actualmente, este tipo de proyectos queden relegados a iniciativas que cuenten con verdaderos gladiadores burocráticos que dispongan del conocimiento, tiempo y esfuerzo necesarios para emprender un proceso que puede durar años para su configuración, instalación y puesta en marcha.

No se niega que esta fórmula tiene un potencial transformador enorme y que, con el desarrollo de un marco normativo más claro, pueda convertirse en esa herramienta fundamental para la transición energética. Pero, mientras que no se logren acortar los tiempos y simplificar la burocracia, las comunidades energéticas continuarán lastradas, siendo difícilmente extensibles a una mayoría de la ciudadanía. 

Pero como pasa en muchas ocasiones, la iniciativa privada y colectiva pasa por la derecha a la administración, como en este caso, en el que ha encontrado una fórmula comercial basada en la normativa del autoconsumo colectivo para generar lo que se ha denominado popularmente “comunidades colares”. Dejando al lado la posible confusión de este término, interesada o no, con las comunidades energéticas, lo cierto es que la fórmula del autoconsumo colectivo puede ser una herramienta mucho más flexible y adaptable para lograr la penetración del autoconsumo en ese 65% de la población que habita en edificios de viviendas.  

 

Autoconsumo colectivo como herramienta para popularizar el acceso a la energía renovable
El autoconsumo colectivo es, hoy día, la principal herramienta para llevar la energía fotovoltaica a la mayor parte de la ciudadanía. Si bien, como decíamos, no está exento de problemas en su tramitación, esta es más sencilla y rápida que el entramado burocrático que suponen las comunidades energéticas, además de ofrecer múltiples ventajas.

Una de las grandes ventajas del autoconsumo colectivo es la variedad de fórmulas que permite. Hay una variedad infinita de modelos, tanto en la propiedad de la instalación, en la cesión del espacio ocupado, como en el reparto de la energía o los beneficios obtenidos. En cuanto a la propiedad podemos encontrar modelos basados en una agrupación de propietarios, una propiedad basada en la Ley de Propiedad Horizontal o en cualquier tipo de persona jurídica, desde la cooperativa a la comunidad de bienes.  También permite la propiedad de administraciones y empresas energéticas por lo que esto a su vez multiplica las fórmulas de financiación y las fórmulas de negocio asociadas a él. 

Esto ha permitido el surgimiento de las ya comentadas comunidades solares. Esta figura, consistente en un servicio de generación y distribución de energía fotovoltaica en la que es una empresa o una entidad pública la que se encarga de realizar y gestionar la instalación de autoconsumo compartido, si bien no cuenta con un marco regulatorio específico ni con una definición institucionalizada, se está extendiendo rápidamente. 

 

Retos normativos para el impulso de la energía compartida
Además de la simplificación de los trámites burocráticos y la aceleración de los tiempos necesarios para constituir una comunidad energética, hay otras medidas concretas que pueden facilitar el impulso de la energía compartida en sus diferentes modalidades.

Hablamos, por un lado, de ampliar la distancia en la que se puede compartir energía. No se trata tanto de una cuestión técnica como normativa. Ya ha habido avances en este sentido, cuando se amplió de 500 metros a 1.000 metros y, posteriormente, a 2.000 metros para las instalaciones realizadas en tejados. Pero si observamos otros países europeos, como la vecina Francia, vemos cómo esta distancia se amplía hasta 10 km en las regiones periurbanas y hasta 20 km en las zonas rurales. También Portugal establece esta distancia entre los 2 km y los 20 km. Además, sería necesario hacer extensible esta distancia a todo tipo de instalaciones, no solo a las que se realizan en tejados.

Por otro lado, aumentar la potencia de instalación que no requiere de un depósito de garantías y para acceder a la compensación de excedentes. Actualmente se sitúa el límite en los 100 kW para ambos casos, mientras que la Unión Fotovoltaica Española (UNEF) reclama que se eleve esta potencia hasta los 450 kW. De esta forma, además de hacer más atractiva la fotovoltaica para industrias, se reduciría la energía que se desaprovecha con los sistemas anti vertido que, según APPA Renovables, en 2023 supuso el 18% (1.642 GWh) de la energía generada.

Sería una medida revolucionaria para el sector y para el autoconsumo colectivo la posibilidad de utilizar un mismo CUP para el consumo y la generación, permitiendo a los actuales autoconsumidores llegar a acuerdos de reparto de energía con sus vecinos sin la carga burocrática y económica que puede suponer la obtención del nuevo CUP de generación. Esto sería especialmente útil en las comunidades de vecinos y facilitaría enormemente los acuerdos B2B en las industrias, además de generar nuevas fórmulas de negocio asociadas. Actualmente la tramitación e instalación de autoconsumos colectivos se encarece y dificulta por la instalación de nuevos módulos de contadores y la obtención del CUP para el contador de generación. 

Otras medidas que contribuirían a una gestión más rápida y eficiente del autoconsumo compartido serían: potenciar la figura del gestor de autoconsumo, permitiendo una comunicación más ágil y operaciones digitales con la distribuidora, que aporten fluidez a los trámites administrativos; y reducir los tiempos en los que se pueden hacer cambios en los coeficientes de reparto, que están en 4 meses como máximo. 

 

Conclusiones
Las comunidades energéticas y, especialmente en la actualidad, el autoconsumo colectivo representan una oportunidad crucial para avanzar hacia un sistema energético más sostenible y distribuido en España.

A lo largo de los últimos años ha habido avances en el marco normativo regulador que están facilitando la expansión de las diferentes modalidades para compartir energía renovable. No obstante, si realmente se quiere dar un impulso al sector y a la energía compartida, es necesario seguir avanzando en estos términos, simplificando los procesos administrativos.

Además de facilitar la democratización del sistema energético y el acceso a toda la población a las energías renovables, la potenciación de la energía compartida también contribuiría a mejorar la estabilidad de la red eléctrica y a disminuir la presión ante el previsible crecimiento de la demanda de energía que supondrá la electrificación del sistema energético, con la expansión de la movilidad eléctrica y los sistemas de calefacción renovables como la aerotermia y la geotermia. 

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Artículos sobre solar fotovoltaica | 02 de diciembre de 2024 | 1740

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