¿Seguirá siendo interesante la inyección cero si el nuevo Real Decreto de Autoconsumo remunera los excedentes?

Según la propuesta de Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo, recientemente presentada por el Ministerio para la Transición Ecológica, se reconocen dos modalidades de instalaciones de autoconsumo: con excedentes y sin excedentes.

Según la propuesta de Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo, recientemente presentada por el Ministerio para la Transición Ecológica, se reconocen dos modalidades de instalaciones de autoconsumo: con excedentes y sin excedentes. Puede que alguien se esté preguntando qué sentido puede tener la modalidad sin excedentes, si el borrador de RD contempla la remuneración de los excedentes inyectados. Veamos algunas de ellas.

La primera ventaja de instalaciones sin excedentes es que no necesitan permisos de acceso y conexión. Además del beneficio económico que puede suponer ahorrarse este trámite, la no inyección permitiría realizar instalaciones de autoconsumo en zonas con mucha penetración de fotovoltaica, donde un nuevo sistema de autoconsumo con inyección de excedentes pudiera ver su permiso de acceso denegado. Este hecho vendría explicado en base a los cambios que podría provocar la conexión de varios sistemas de este tipo en el esquema del reparto de tensiones de la red de distribución tradicional.

La normativa obliga a las compañías distribuidoras a que la tensión de red de los usuarios se encuentre dentro de unos límites (+/- 7%). Para ello, los transformadores de la red de distribución se regulan teniendo en cuenta la impedancia de la línea y las cargas, de manera que tanto el consumidor más cercano al centro de distribución como el más lejano estén dentro de dichos límites.

Este esquema de tensiones se ve modificado si las instalaciones cambian su status, pasando de únicamente consumir energía de la red a inyectarla, pudiendo llegar a salirse de los límites en casos extremos de líneas con poca carga, lo que incluso dispararía las protecciones de las instalaciones, desconectándolas.

Un ejemplo de esto podría darse en un polígono industrial. Este tipo de consumidores, en caso de implementar instalaciones de autoconsumo, no va a tener riesgo de inyección durante los días en que funcionan con normalidad, ya que sus consumos fijos son elevados y previsiblemente serán siempre superiores a lo que pueden generar con su instalación de autoconsumo solar. Sin embargo, si su actividad industrial se detiene el fin de semana, entonces sí habría riesgo de inyección durante esos días festivos y podría darse el problema mencionado.

Un sistema anti-vertido, al evitar este flujo de potencia inverso, garantizaría que las tensiones estén dentro de los límites.

Otra ventaja de la inclusión de un sistema de anti-vertido se presenta en aquellos consumidores eléctricos cuyas instalaciones se conectan directamente en alta tensión. El uso de un sistema de autoconsumo sin inyección, al evitar el vertido de energía a la red, no tendría la consideración de instalación generadora desde el punto de vista de la red, por lo que no sería necesaria una autorización, limitándose a la notificación de los aspectos recogidos en el Reglamento de Alta Tensión (RAT). Al no existir vertido, no serían de aplicación el sistema de protecciones voltimétricas en el punto de conexión a la red de distribución o transporte. Por ello, las funciones a, b y d descritas en el capítulo 4.7.2 de la ITC RAT 09 podrían ser realizadas en baja tensión, bien internamente por el equipo generador o mediante relés de protección, y se podría prescindir de la protección de máxima tensión homopolar y de la protección adicional.

Las instalaciones sin excedentes deben contar con un sistema anti-vertido de acuerdo al informe UNE 217001:2015 IN que establece los requerimientos y ensayos necesarios para estas instalaciones. Este informe contempla las pruebas al sistema completo de generación incluyendo los inversores, analizadores de potencia, transformadores de corriente y el propio dispositivo de control. Asimismo, este informe establece que dichos ensayos deben ser realizados por una entidad de certificación acreditada.

La solución de Ingeteam comprende el funcionamiento conjunto de todos estos elementos. El controlador EMS, que está en constante comunicación con el analizador de potencia, conoce en todo momento la cantidad de energía que demanda la instalación. Gracias a esto, el EMS puede ajustar la potencia solar que genera el inversor fotovoltaico, haciéndola casar con lo que demanda la instalación. Se asegura así que no exista un excedente de energía.

Ingeteam ha certificado con una entidad externa acreditada el cumplimento del informe UNE 217001:2015 IN en sus sistemas de anti-vertido. Este sistema lleva instalándose varios años en sistemas de autoconsumo tanto a nivel residencial como comercial e industrial, en España y en otros países, habiendo mostrado muy buenos resultados en cuanto a su funcionalidad.

Artículo escrito por:
Ingeteam