El autoconsumo ha pasado en pocos años de ser una solución minoritaria a convertirse en una pieza cada vez más visible dentro del sistema eléctrico español. ¿Cómo valora UNEF la evolución que ha vivido el sector y en qué punto considera que se encuentra actualmente?
Actualmente contamos en España con más de 9,3 GW de potencia instalada en autoconsumo y el objetivo es llegar a 19 GW en el 2030. Las ventajas del autoconsumo son muchas, pero por destacar las más importantes, además de los ahorros económicos y medioambientales obvios, proporciona independencia energética, descongestiona la red en horas solares (no haciendo uso de la misma), pudiendo trasladar esta ventaja a horas no solares si se acompaña de almacenamiento, es una alternativa a los refuerzos de la red, y aporta flexibilidad al sistema, además de reducir las pérdidas del mismo.
Por todo ello entendemos que el autoconsumo es una figura clave en la transición energética que vivimos hoy en día.
Desde la publicación del actual real decreto de autoconsumo en 2019 (RD 244/2019) es cuando hemos visto “despegar” a esta tecnología, y con las nuevas medidas regulatorias aprobadas y las que aún faltan por publicarse, creemos que la potencia instalada en autoconsumo puede aumentar en este 2026.
En el documento “Propuestas UNEF regulación autoconsumo 2025”, UNEF plantea una actualización profunda del marco regulatorio del autoconsumo. ¿Qué aspectos del actual RD 244/2019 consideran hoy más desalineados con la realidad técnica y económica del mercado?
Como he comentado anteriormente, la normativa vigente es de 2019, a excepción de las recientes medidas aprobadas en el RDL 7/2026, como son la figura del gestor de autoconsumo, o la ampliación de la distancia a 5km para instalaciones fotovoltaicas o eólicas de hasta 5 MW, entre otras.
Es por ello que el sector reclama adaptar la normativa a las nuevas realidades del sistema. Desde UNEF vemos importante extender la exención de solicitar el permiso de acceso y conexión a instalaciones que inyecten hasta 15 kW a la red (no 15 kW de potencia instalada), ampliar el umbral de la compensación y la tramitación simplificada hasta los 500 kW de capacidad de acceso (potencia inyectada a la red), o permitir compartir los excedentes de la instalación fotovoltaica.
También es clave introducir nuevos agentes, como es el almacenamiento distribuido, como se recoge en el borrador del nuevo real decreto.
Una de las principales medidas recogidas en “Propuestas UNEF regulación autoconsumo 2025” es elevar de 100 kW a 500 kW el umbral para acogerse a compensación y tramitación simplificada. ¿Qué impacto tendría esta medida sobre el desarrollo del autoconsumo industrial, colectivo y las comunidades energéticas?
El límite actual no permite que muchas instalaciones se dimensionen adecuadamente, ya que optan por 100 kW para poder beneficiarse de la tramitación y la compensación simplificada, en vez de tener en cuenta sus necesidades reales.
Ampliar este límite hasta los 500 kW de potencia inyectada a red (capacidad de acceso) permitiría que muchos consumidores de tamaño mediano (consumidores de la tarifa 3.1TD, la primera de las de alta tensión) pudiesen participar en compartir la energía generada por la instalación.
De esta manera, de acuerdo al “BOLETÍN DE INDICADORES ELÉCTRICOS” de abril de 2025 publicado por la CNMC, se podría compartir hasta el 60% de la energía consumida si todos ellos perteneciesen a la misma modalidad de autoconsumo, lo que incentivaría nuevas instalaciones de autoconsumo colectivo y comunidades energéticas. Además, aunque la energía de estos consumidores es importante, el número de los mismos no representa más que un 0,5%, por lo que esta medida no supondría un aumento de la carga administrativa.
En ese mismo documento, UNEF defiende sustituir en algunos puntos el concepto de “potencia instalada” por el de “capacidad de acceso”. ¿Cuál es la razón? ¿Se está penalizando especialmente al almacenamiento y a la hibridación de tecnologías?
Actualmente, en muchas instalaciones de autoconsumo la potencia instalada se calcula sumando la potencia de la fotovoltaica y el almacenamiento (por ejemplo, si la potencia de la fotovoltaica son 70 kW y la de almacenamiento 40kW, el total de potencia instalada son 110 kW, aunque la batería cargue de la fotovoltaica y no de la red).
Esto puede desincentivar la instalación de almacenamiento en las instalaciones, no aprovechando las ventajas del mismo, como es la flexibilidad o la descongestión de las redes.
Lo que proponemos desde UNEF en dos medidas en concreto es considerar la potencia inyectada a red (capacidad de acceso), y no la potencia instalada. En primer lugar, en la media anteriormente comentada, en el límite de la compensación y la tramitación simplificada; y en segundo lugar en la exención de pedir el permiso de acceso y conexión (hoy en día están exentas las instalaciones de hasta 15 kW de potencia instalada y las sin inyección a red). De esta manera, instalaciones sin excedentes podrían transformarse en instalaciones “con pocos excedentes”, mejorando la observabilidad del sistema.
Este cambio de concepto ya lo recoge la CNMC la Circular 1/2024 de Demanda en el artículo 8 de la disposición final primera.
Hablando de modificar las exenciones del permiso de acceso y conexión en función de la capacidad de acceso, ¿Cómo esta medida podría ayudar a mejorar el aprovechamiento de la energía generada y de las instalaciones?
Si tanto la concesión del permiso de acceso y conexión como la exención del mismo se realizasen en función de la potencia inyectada a red y no de la potencia instalada, las instalaciones se dimensionarían de acuerdo a las necesidades de los autoconsumidores y no teniendo en cuenta un límite (15 kW en este caso) al que ajustarse para beneficiarse de esta exención.
De cara a las redes, esta medida no implicaría más energía vertida a la red que la que se permite actualmente (15 kW), pese a que la potencia instalada fuese mayor (30 kW, por ejemplo), ya que existen mecanismos limitadores de vertido que ajustan la potencia inyectada a la red.
Sin embargo, para los autoconsumos colectivos y las comunidades energéticas esta medida sí que es importante, pues las zonas destinadas a la ubicación de las placas fotovoltaicas, las cubiertas de los edificios bien sean residenciales o comerciales, o las grandes naves de la pequeña industria tenderían a maximizarían el espacio y a compartir la energía generada entre los “vecinos”.
Además, la instalación de mayor potencia en autoconsumo permite un menor uso de la red eléctrica, no necesitando tantos refuerzos en la misma y favorece la futura electrificación.
España se ha fijado el objetivo de alcanzar 19 GW de autoconsumo en 2030. Desde la perspectiva de UNEF, ¿qué decisiones regulatorias y de mercado serán determinantes para que ese objetivo pueda cumplirse?
Además de las propuestas comentadas en preguntas anteriores y las incluidas en el PRD de autoconsumo y almacenamiento distribuido, no hay que olvidarse de medidas complementarias como es aumentar la parte variable de los peajes (y reducir la fija) por parte de la CNMC, o de dotar de incentivos fiscales al autoconsumo, como por ejemplo un IVA reducido a los elementos de la instalación fotovoltaica.
También sería bueno introducir un modelo de coeficientes dinámicos ex – post en un autoconsumo colectivo para pagar peajes y cargos por la energía realmente consumida de la red, o que todas las comunidades autónomas aplicasen la exención de solicitar AAP y AAC a las instalaciones de menos de 500kW.